martes, 22 de junio de 2021

LA PEPA

 


LA PEPA.

 

            La primera constitución democrática de España se promulgó en Cádiz el 19 de marzo de 1812, día de San José. Por eso se la llamó “La Pepa”, y de ahí el grito de júbilo de ¡Viva la Pepa! Sus autoras fueron las Cortes de Cádiz, asamblea nacional formada por representantes de todas las partes de las Españas, incluidas Filipinas y naciones sudamericanas. Cádiz era, con Alicante, la única ciudad importante donde jamás entraron las tropas de Napoleón, que la cercaban y la bombardeaban a diario. En Alicante se recibió la noticia de forma muy diversa, según las versiones de nuestros dos cronistas de la época: Según el cronista oficial, Viravens, “Una gran parte de los alicantinos se declararon desafectos a la Constitución, porque en ella creyeron ver menguado el prestigio de la Autoridad Real y expuesto el país a ser teatro de licencias, impiedades y crímenes por la libertad que establecía…” Sin embargo, el escritor Nicasio Camilo Jover, en su Reseña Histórica, nos dice: “Publicose en Cádiz la constitución de 1812, y los alicantinos, cuyo temperamento meridional los hace tan impresionables, acogieron con loco entusiasmo aquella aurora de libertad que asomaba llena de esplendor,” Está claro que ambos cronistas profesaban muy distintas ideologías y debían frecuentar compañías muy diversas.

            En Alacant se promulgó la Constirución el 16 de julio y se juró el 18, pero ya  el 21 de abril se habían suprimido el Tribunal del Santo Oficio y la Inquisición. En agosto Alacant ya tenía  Ayuntamiento constitucional presidido por don Manuel Soler de Vargas, y también se había elegido diputado a Cortes en la persona del sacerdote liberal don Antonio Bernabeu. La plaza del Portal de Elche fue rebautizada como Plaza de la Constitución.

            El  8 de diciembre de 1813 terminó la Guerra de la Independencia, y Napoleón reconoció a Fernando VII como rey de España.

            Pero en el mes de mayo de 1814, en cuanto Fernando de Borbón tomó posesión de su trono, restableció el gobierno absoluto, derogando la Constitución y disolviendo las Cortes de Cádiz. El padre Bernabeu terminó en el exilio de Londres y muchos liberales fueron represaliados y sufrieron exilio o cárcel. Por supuesto, Viravens lo justifica y Jover lo lamenta. Se destituyó al ayuntamiento constitucional y se restituyó la figura del corregidor, para cuyo cargo se nombró a un general de brigada que sería a la vez jefe político y militar de la plaza.

            Alacant ha tenido el inmenso honor de ser el último refugio de las dos Constituciones más importantes que ha tenido España: La de 1812 en su 2ª vigencia (bajo la ocupación de los 100.000 Hijos de San Luis) en 1823; y la de 1931, de la 2ª República, en 1939 (bajo la ocupación de la División Littorio italiana). En ambos casos, fue en nuestro puerto donde acabó todo.

            La Constitución de 1812 por la que murieron tantos héroes liberales, hoy nos parecería obsoleta, incluso ridícula, pero fue el primer grito de libertad de nuestra historia. Comienza su texto con invocaciones a Dios Todopoderoso; y establece la Religión Católica como la oficial y única verdadera, prohibiéndose el ejercicio de cualquier otra. En cuanto a la ciudadanía y sus derechos, establece que “la Nación Española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios”. Y continúa en el punto primero: “Son  españoles todos los hombres libres nacidos  y avecindados en los dominios de las Españas, y los hijos de estos…” Y en el punto cuarto: “Los libertos desde que adquieran la libertad en las Españas”. Con lo cual se está reconociendo tácitamente la esclavitud.  Y el ejercicio de los derechos ciudadanos se suspende por la condición de sirviente doméstico o por no tener empleo. Es decir que los criados y los parados no tienen derechos ciudadanos; y por otro lado no se menciona para nada a la mujer. El Gobierno lo ejerce el Rey, que es a la vez Jefe de Estado y de Gobierno. Y a las Cortes se les atribuye la facultad de elaborar las leyes. Las elecciones a diputados se realizan por un sistema indirecto por medio de compromisarios elegidos en cada parroquia, que a su vez eligen entre ellos a los electores de cada partido judicial, que finalmente eligen diputados en las Juntas de Provincia, de forma que haya uno cada 70.000 almas. Las Cortes se reúnen tres meses al año para promulgar leyes, presupuestos y demás. El Rey puede rechazar una ley por dos años consecutivos, aunque en el tercero, las Cortes la pueden imponer sin contar con su real voluntad.

            En fin, este texto tan tímido era el que parecía demasiado audaz y peligroso a los conservadores partidarios del absolutismo. Qué cosas. Cómo cambian los tiempos.

           

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