LA PEPA.
La
primera constitución democrática de España se promulgó en Cádiz el 19 de marzo
de 1812, día de San José. Por eso se la llamó “La Pepa”, y de ahí el grito de
júbilo de ¡Viva la Pepa! Sus autoras fueron las Cortes de Cádiz, asamblea
nacional formada por representantes de todas las partes de las Españas,
incluidas Filipinas y naciones sudamericanas. Cádiz era, con Alicante, la única
ciudad importante donde jamás entraron las tropas de Napoleón, que la cercaban
y la bombardeaban a diario. En Alicante se recibió la noticia de forma muy
diversa, según las versiones de nuestros dos cronistas de la época: Según el
cronista oficial, Viravens, “Una gran parte de los alicantinos se declararon
desafectos a la Constitución, porque en ella creyeron ver menguado el prestigio
de la Autoridad Real y expuesto el país a ser teatro de licencias, impiedades y
crímenes por la libertad que establecía…” Sin embargo, el escritor Nicasio
Camilo Jover, en su Reseña Histórica, nos dice: “Publicose en Cádiz la
constitución de 1812, y los alicantinos, cuyo temperamento meridional los hace
tan impresionables, acogieron con loco entusiasmo aquella aurora de libertad
que asomaba llena de esplendor,” Está claro que ambos cronistas profesaban muy
distintas ideologías y debían frecuentar compañías muy diversas.
En
Alacant se promulgó la Constirución el 16 de julio y se juró el 18, pero
ya el 21 de abril se habían suprimido el
Tribunal del Santo Oficio y la Inquisición. En agosto Alacant ya tenía Ayuntamiento constitucional presidido por don
Manuel Soler de Vargas, y también se había elegido diputado a Cortes en la
persona del sacerdote liberal don Antonio Bernabeu. La plaza del Portal de
Elche fue rebautizada como Plaza de la Constitución.
El 8 de diciembre de 1813 terminó la Guerra de
la Independencia, y Napoleón reconoció a Fernando VII como rey de España.
Pero
en el mes de mayo de 1814, en cuanto Fernando de Borbón tomó posesión de su
trono, restableció el gobierno absoluto, derogando la Constitución y
disolviendo las Cortes de Cádiz. El padre Bernabeu terminó en el exilio de
Londres y muchos liberales fueron represaliados y sufrieron exilio o cárcel.
Por supuesto, Viravens lo justifica y Jover lo lamenta. Se destituyó al
ayuntamiento constitucional y se restituyó la figura del corregidor, para cuyo
cargo se nombró a un general de brigada que sería a la vez jefe político y
militar de la plaza.
Alacant
ha tenido el inmenso honor de ser el último refugio de las dos Constituciones
más importantes que ha tenido España: La de 1812 en su 2ª vigencia (bajo la
ocupación de los 100.000 Hijos de San Luis) en 1823; y la de 1931, de la 2ª
República, en 1939 (bajo la ocupación de la División Littorio italiana). En
ambos casos, fue en nuestro puerto donde acabó todo.
La
Constitución de 1812 por la que murieron tantos héroes liberales, hoy nos parecería
obsoleta, incluso ridícula, pero fue el primer grito de libertad de nuestra
historia. Comienza su texto con invocaciones a Dios Todopoderoso; y establece
la Religión Católica como la oficial y única verdadera, prohibiéndose el
ejercicio de cualquier otra. En cuanto a la ciudadanía y sus derechos,
establece que “la Nación Española es la reunión de todos los españoles de ambos
hemisferios”. Y continúa en el punto primero: “Son españoles todos los hombres libres
nacidos y avecindados en los dominios de
las Españas, y los hijos de estos…” Y en el punto cuarto: “Los libertos desde
que adquieran la libertad en las Españas”. Con lo cual se está reconociendo tácitamente
la esclavitud. Y el ejercicio de los
derechos ciudadanos se suspende por la condición de sirviente doméstico o por
no tener empleo. Es decir que los criados y los parados no tienen derechos
ciudadanos; y por otro lado no se menciona para nada a la mujer. El Gobierno lo
ejerce el Rey, que es a la vez Jefe de Estado y de Gobierno. Y a las Cortes se
les atribuye la facultad de elaborar las leyes. Las elecciones a diputados se
realizan por un sistema indirecto por medio de compromisarios elegidos en cada
parroquia, que a su vez eligen entre ellos a los electores de cada partido
judicial, que finalmente eligen diputados en las Juntas de Provincia, de forma
que haya uno cada 70.000 almas. Las Cortes se reúnen tres meses al año para
promulgar leyes, presupuestos y demás. El Rey puede rechazar una ley por dos
años consecutivos, aunque en el tercero, las Cortes la pueden imponer sin
contar con su real voluntad.
En
fin, este texto tan tímido era el que parecía demasiado audaz y peligroso a los
conservadores partidarios del absolutismo. Qué cosas. Cómo cambian los tiempos.
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